Cómo funcionan los Planes del Sistema de Ahorro y Préstamo del INVU?
Veamos el Plan del INVU Costa Rica, todo sobre las ventajas, beneficios y opciones que tienen. ¡Visítanos!
¿Quieres comprar una propiedad en Costa Rica? Si es así, debes estar al tanto de las obligaciones que adquieres ante la compra de casas en venta en el país. Acá contamos con los planes del INVU para lograr tu meta.
Sigue leyendo para que conozcas todo sobre las obligaciones hipotecarias en propietarios de inmuebles a comprar casas en venta en Costa Rica.
Si entre las casas en venta has adquirido una hermosa casa de verano en Costa Rica, o bien un inmueble, deben apegarse a las obligaciones para propietarios. En el primer caso, comenzamos con los impuestos de transferencia, anuales y a la vivienda de lujo de viviendas valoradas en USD 225.000.
Para los costos de cierre, se estima alrededor del 3,5% del precio de compra. Eso incluye el impuesto de transferencia de propiedad del 1,5% del precio de compra, más tarifa nacional del 0,05% y un cargo de 0,3% para sellos documentales. En el caso de compradores extranjeros, no se les aplica ninguna tarifa adicional.
El impuesto anual a la propiedad en Costa Rica es del 0.25% del valor estipulado en la propiedad. En casos de nuevos propietarios, ese valor es el precio de compra. Los impuestos se pueden pagar en cuatro cuotas, que finalizan en marzo, junio, septiembre y diciembre.
Los propietarios están obligados a actualizar al gobierno local sobre el estado de la casa cada cinco años. Esto es a través de un formulario de declaración, anotando todos los cambios a la propiedad y demás.
Se realiza ante la Municipalidad del cantón en la ubicación de la propiedad. El monto por pagar corresponde al 0.25% sobre el valor registrado en la entidad en primero de enero de cada año. El pago debe hacerse cada trimestre, semestre o anualmente, según lo determine el municipio.
En caso de no realizar dicho pago, la deuda representa la hipoteca legal sobre la propiedad y el Municipio puede cobrar intereses por el monto que especifique el Concejo Municipal.
Se debe realizar el pago de propiedades bajo el régimen de concesión del canon por concesiones de aprovechamiento de agua ante la Dirección de Agua del Ministerio de Ambiente y Energía. Este pago puede hacerse una periodicidad trimestral y el monto dependerá del consumo aprobado y el uso de la concesión.
Sobre las propiedades bajo el régimen de condominio, es fundamental cumplir de forma puntual con el pago de las cuotas condominales, las cuales deben hacerse ante la administración del condominio. El monto dependerá del presupuesto en relación al condominio, a pesar de que normalmente se pagan de conformidad con el valor de copropiedad de cada finca filial.
Finalmente, las propiedades que se encuentran en propiedad fiduciaria, deberán cumplir con el pago de honorarios de fiduciarios, en los cuales tanto el monto como la periodicidad del pago cambiarán según el fideicomiso. El no paso de este respecto puede generar la renuncia del fiduciario, o bien la finalización y/o ejecución del fideicomiso.
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